Dictamen de Conciliación por Parte del Registrador
El consumidor podrá pedir la opinión del Registrador sobre si una condición general es o no abusiva. Este dictamen es voluntario y no vinculante, aunque lógicamente habrá que admitir que sea vinculante si así expresamente lo quieren ambas partes; no prejuzga la declaración judicial que en su caso pueda dictarse sobre la validez o no de la cláusula; exigirá la intervencián y audiencia de todas las partes; y podrá plantearse antes del ejercicio de cualquier acción colectiva, sea de cesación, de retractación o declarativa. Nada impide que se pida antes del ejercicio de una acción individual