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| Registro Central |
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La organización del Registro Mercantil está integrada por los Registros Mercantiles Territoriales y por el Registro Mercantil Central. Sus tres funciones básicas, de acuerdo con lo previsto en el art.379 RRM, son las siguientes:
-La ordenación, tratamiento y publicidad meramente informativa de los datos que reciba de los Registros Mercantiles. -El archivo y publicidad de las denominaciones de sociedades y entidades jurídicas. -La publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Sección de Actos Sociales Inscritos
La sección de Actos Sociales Inscritos del Registro Mercantil Central comprende la información mercantil suministrada por los Registros Mercantiles Provinciales desde el 1 de enero de 1.990, debidamente ordenada, depurada y procesada, de acuerdo con el artículo 379 del vigente Reglamento del Registro Mercantil. La publicidad formal suministrada por el Registro Mercantil Central tiene carácter meramente informativo. Para obtener certificación o nota simple del contenido total de los asientos registrales, deberá remitirse una solicitud al Registro Mercantil Provincial correspondiente.
Se pueden consultar los datos siguientes: Datos generales de la sociedad (denominación, datos registrales -Registro, tomo, folio..- domicilio, capital, objeto social), órganos sociales (apoderados, administradores), insolvencias (quiebra y suspensión de pagos), adaptación a la nueva ley, disolución y cancelación.
Modo de efectuar la consulta: directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, por correo, mensajería, fax o por medios telemáticos.
Sección de Denominaciones
a)Nota simple Como paso previo para la constitución y posterior inscripción en el Registro Mercantil correspondiente de una sociedad mercantil, es conveninente comprobar que la denominación social elegida para la misma, no coincida con la de otra sociedad. Esta consulta previa se realiza a efectos meramente informativos y no condiciona la posterior calificación que el Registrador Mercantil Central efectúe al presentar la solicitud de certificación correspondiente.
Modo de consulta: Se puede efectuar la consulta directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, por correo, mensajería o por medios telemáticos (Infovía Plus o Internet).
b)Solicitud de certificación Es un certificado de no coincidencia de denominación. El plazo de reserva de la denominación es de quince meses, desde la fecha de su expedición.
Modo de solicitarla: Al igual que la nota simple de denominaciones, la certificación puede solicitarse directamente en la sede del Registro Mercantil Central, por correo, mensajería o medios telemáticos (correo electrónico desde la página web del Registro Mercantil Central).
Consulta Telemática
Actualmente, el acceso por medios telemáticos se puede efectuar a través de Internet.
Si se desea información complementaria, así como la suscripción al servicio, puede consultarse la página web del Registro Mercantil Central, en la dirección www.rmc.es o ponerse en contacto telefónico con el número 91 563 12 52 , preguntando por el jefe de departamento de información mercantil. Se facilitará una clave de acceso, previa formalización de un convenio con el Registro Mercantil Central.
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