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Inscripción
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Como regla general el documento debe presentarse en el Registro de la Propiedad donde radique la finca. Sin embargo, para ganar fechas y antes de su entrega material, se pueden presentar por medio de fax en los siguientes casos:
1º.- Cuando el documento se otorgue en un término municipal en el que no radique la finca, se puede acudir al Registro de la Propiedad de la localidad y hacer la presentación a través de él, donde, además, le informarán de los pasos a seguir.
2º.- Los Notarios, a petición de parte, pueden presentar las escrituras por ellos autorizadas en cualquier Registro de España por medio de telefax.
3º.- Los órganos judiciales podrán, igualmente, remitir a los Registros de la Propiedad por fax las resoluciones judiciales susceptibles de causar un asunto.
Asimismo, se puede presentar por correo.
Para poder inscribir el documento presentado es necesario que se hayan cumplido los requisitos fiscales.
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